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Doctrina y Producción Científica: Arquitectura Dogmática del Derecho de Daños, los Seguros, los Contratos y el Derecho Procesal

Repositorio de investigación jurídica de Juan Pablo Domínguez Angulo, Ph.D., enfocado en la unificación dogmática y la suficiencia técnica del litigio. Incluye obras citadas por el Honorable Consejo de Estado y publicaciones en editoriales de alto impacto científico como Civitas-Aranzadi, Dykinson o la Universidad Externado de Colombia. Esta producción científica constituye el fundamento epistémico para la resolución de conflictos de alta complejidad y la mitigación del riesgo procesal sistémico. 

El presente repositorio tiene como propósito fundamental exponer la articulación sistemática de la producción científica y dogmática desarrollada a lo largo de la trayectoria académica y profesional del Dr. Domínguez. Más allá de una compilación de textos aislados, la estructura aquí presentada permite observar una coherencia sistémica que vincula la investigación ontológica con la resolución de problemas prácticos en el litigio de alta complejidad.

Esta organización por nodos de conocimiento facilita la comprensión de un método jurídico que integra la teoría general de la responsabilidad, la eficiencia procesal y la vanguardia hermenéutica, proporcionando una base técnica profundamente sólida para la toma de decisiones estratégicas.

1 / Teoría General de la Responsabilidad Civil

Con las siguientes obras se puede observar la estructuración completa de la Teoría General de la Responsabilidad Civil que sostiene el Dr. Domínguez Angulo, la cual evidencia una evolución desde el normativismo llano de Kelsen o Jakobs, que lo conducen paulatinamente a la ontología hermenéutica del postmodernismo y la teoría de la personificación jurídica y el ser.

El lector podrá observar cómo todos los elementos de la responsabilidad civil son trabajados, por lo que ya puede encontrar en su obra un tratamiento sistémico o un tratado, pero elaborado desde una perspectiva normativa y ontológica, que es hacia donde se dirige esta materia con la predominancia actual de la imputación objetiva, por lo que esta obra puede llegar a ser el preludio de las próximas tendencias de la responsabilidad en este siglo. 

En otras palabras, la obra del Dr. Domínguez Angulo ya es un tratado completo de la responsabilidad civil y del Estado, pero cimentado y cimentando las bases de una teoría normativa que realmente entienda y aplique adecuadamente conceptos normativos como la imputación objetiva.

El concepto normativo del daño. Es una monografía fundamental publicada por la Editorial Nueva Jurídica (2016), cuya tesis sobre la dimensión normativa del perjuicio ha sido formalmente citada por el Honorable Consejo de Estado (Sentencia del 05 de abril de 2017, Subsección B, Exp. 25706).​

En esta obra se parte, en ciernes, por el mismo principio desde el que partió la teoría normativa penal, con Hans Welsel. No es posible pensar en conceptos como la imputación objetiva si primero no se normativiza el concepto de Daño. Gracias a eso se entiende que el daño o el delito no es el menoscabo de un objeto en la naturaleza, porque hay muchos menoscabos legítimos que nadie se atrevería a llamarlos daño o delito, sino que estos conceptos se restringen a menoscabos que se salen de la normalidad o lo aceptado socialmente.
 
Como dice Welsel, los bienes jurídicos no están para ser usados a modo de museo, los bienes están para ser usados y desgastados de forma legítima, lo cual solo alguien con sentido muy impráctico le llamaría daño o delito. Por lo tanto, estos conceptos deben reservarse solo para deméritos que sean ilegítimos y, por eso, el daño no es un dato ontológico o de la naturaleza, sino un dato estrictamente jurídico. 
 
Lamentablemente las altas cortes colombianas se niegan a esta realidad teórica, y se lanzan a abrazar conceptos normativos como la imputación objetiva sin entender que antes deben cambiar radicalmente lo que se entiende por Daño, es decir, sin entender que antes deben normativizar el Daño.

Crítica al concepto de causalidad en la responsabilidad civil desde la ontología del reconocimiento. Esta investigación doctoral fue calificada como summa cum laude por la Universidad Externado de Colombia, y profundiza en los fundamentos filosóficos de la causalidad, en donde se destaca que aunque Günther Jakobs avanzó en la perspectiva normativa de la imputación, tal perspectiva es insuficiente si no se involucra con los problemas del ser, algo que en Jakobs quedó meramente insinuado, pero que gracias a Heidegger, Gadamer o especialmente Ricoeur, Domínguez lleva hacia el problema de la personificación y el mutuo reconocimiento de las personas.

La causalidad, o mejor decir, la imputación, también deja de ser un concepto naturalista para convertirse en una cuestión normativista (que no es, jamás, simplemente lo que está en un código, sino que es tomar al Derecho como un plano ideal compuesto de normas de todo tipo). De esta manera, la imputación se elabora socialmente según los significados de lo que en una sociedad concreta significa matar o dañar, que no es algo que coincida culturalmente en todas las sociedades. 

Sin embargo, esto, que es lo que sostiene Jakobs, lo sostiene desde una perspectiva que solo dejó entreabierta, pero no desarrolla. El autor señala que la imputación depende de la posición como garante que se tenga sobre determinados derechos, y eso resalta la posición central que tiene la persona en todo este asunto. Es la persona, y sus determinados derechos y deberes respecto de otros, lo que hace que otros tengan derechos y se puedan ver afectados por su comportamiento. Por lo tanto, es el concepto de persona lo central para poder determinar cunando es responsable por algo, lo cual es la propuesta que se desarrolla en esta obra.

Criterios de imputación (culpabilidad, dolo y culpa) o la teoría de la conducta y su relación con la personificación jurídica

De esta manera, se llega a una teoría de la personificación, que resulta indispensable para entender conceptos como la posición de garante, lo que implica una mejora sustancial a la teoría de Günther Jakobs desde el Derecho civil, lugar desde donde paradójicamente partió gracias a Larenz.

Imputación y personificación en la teoría comunicacional del derecho, y su crítica desde la ontología hermenéutica. Obra publicada bajo el sello editorial de prestigio mundial Civitas – Aranzadi (2023), que destaca que no es posible entender los problemas de la imputación separados de los problemas de la personificación jurídica, con lo cual se desarrolla lo esbozado en la tesis doctoral previamente reseñada.

Por su parte, en Los sentidos sociales dentro de la visión sistémica del derecho, capítulo de libro publicado en Madrid por la Editorial Dykinson (2022), se analiza la función del derecho como sistema social en la determinación de interpretación, lo que determina, ineludiblemente, lo que se puede considerar culposo o doloso en una sociedad, algo que no proviene de naturalismos como los eventos sicológicos, sino que proviene de la interpretación social que se le dé a una conducta.

Este trabajo propone una ruptura con la visión tradicional del Derecho como una construcción meramente histórica o cultural, planteándolo en cambio como un hecho biológico y una herramienta de adaptación fundamental para la supervivencia del animal humano.

Puntos Clave de la Investigación:

El Derecho como Adaptación Biológica: La investigación sostiene que la Ideología, y por extensión el Derecho, son instrumentos naturales que permiten al ser humano adaptarse y luchar en un entorno que ya es esencialmente humano.

La Estrategia Grupal y el Lenguaje: A diferencia de otras especies que se agrupan mediante sensaciones como el color o los olores, el humano utiliza el lenguaje y los conceptos para estructurar su nicho ecológico-social, definiendo fronteras de inclusión y exclusión (quién pertenece y quién no).

Funciones Vitales de la Ideología:

1. Cohesión y Liderazgo: La Ideología actúa como el "Líder" intangible que cohesiona a individuos discontinuos y aislados bajo fines comunes.

2. Justificación de la Existencia: Permite al individuo y al grupo fundamentar su "derecho a existir" y el uso de la fuerza frente a competidores.

3. Asignación de Roles: Estructura la sociedad mediante la división del trabajo y el establecimiento de relaciones de jerarquía indispensables para la estabilidad.

4. La "Asfixia" Dogmática: El estudio revela por qué es tan difícil para el hombre cuestionar sus propios sistemas axiológicos. Al estar el Derecho y la Ideología tan ligados a nuestra subsistencia, ponerlos en duda se percibe como un ataque a nuestra propia existencia biológica.

Conclusión:

El Derecho no es una "ciencia" de apriorismos abstractos, sino el mecanismo de autodomesticación que el humano se impone para sobrevivir en grupo. Comprender esta base biológica es el primer paso para una verdadera comprensión del fenómeno humano y social.

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  • Ph.D. Summa Cum Laude: Doctor en Derecho con la máxima distinción académica (Universidad Externado de Colombia).

  • Élite de la Magistratura: 5.º Nacional en el examen de conocimientos y con derecho al máximo puntaje en capacitaciones adicionales (por postgrados) de la convocatoria 27 de la Rama judicial para Magistrados (Sala Civil), concurso aprobado solo por el 3.5% de los más de 43000 aspirantes.

  • Referente Jurisprudencial: Autor citado por el Consejo de Estado.

  • Autor publicado por editoriales de prestigio mundial, como Civitas-Aranzadi, Dykinson o la Universidad Externado de Colombia.

  • Sello Externadista: Formación integral de Pregrado, Postgrado y Doctorado en la Universidad Externado de Colombia.

  • Especialista en Derecho Procesal Civil. Universidad Externado de Colombia. 2010.

  • Magíster en Responsabilidad contractual y extracontractual, civil y del Estado. Universidad Externado de Colombia. 2013.

  • Impacto Global: Líder de una comunidad PROCESALISTA de profesionales de Iberoamérica de +9.000 en YouTube.

  • Cursos doctorales en la Universidad de Buenos Aires, Argentina.

  • Conjuez de la Sala Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali (Resolución 006 del 29 de septiembre de 2022).

  • Miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal (ICDP).

  • Miembro de la Asociación Colombiana de Derecho de Seguros (ACOLDESE).

  • Profesor Asociado de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali.

Si su caso tiene esta complejidad técnica
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